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3 de mayo de 2024

¿Quieren algunos jueces sentar jurisprudencias beneficiosas?

Por Néstor Schumacher.- Las tramas judiciales son, en esencia, tan complejas como el poder que las observa. La Justicia, y por ende sus leyes, suelen ser para aquellos que no son doctos en las mismas, como quién suscribe, una especie de caja negra donde algo entra y sale, pero el proceso de transformación es un misterio. Aquí, es donde algunos con intereses arbitrarios, tales como podría ser el juez Andrés Leonelli, hacen uso de sus conocimientos para tratar de cambiar temas tales como, la relación de las jubilaciones y las obras sociales: algo establecido por ley.

Si usted está un poco perdido o perdida, no se haga problema: vamos desde el principio. Hace algunos meses, allá por fines de noviembre, el ex juez De Gamas Soler enviaba una solicitud al presidente de la Caja de Previsión Social (o CPSPTF para los amantes de las siglas) para que sus aportes asistenciales sean transferidos a una prepaga (OSDE). Sacando la dadivosa jubilación del antes mencionado, la presentación buscaba ir contra una ley que vuelve obligatorios los aportes a la Obra Social de la Provincia, el fallo fue contrario a De Gamas Soler.

Ahora nos adelantamos un poco más en el tiempo, precisamente al 6 de marzo pasado donde el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia emitió pronunciamiento sobre un reclamo similar caratulado “Bastida, Alejandra Miriam c/ IPAUSS s/ Contencioso Administrativo”. Si bien el fallo resultó igual a su antecedente, los aportes deben ser hacia OSEF, la obra social estatal, y no hacia una prepaga, lo curioso viene en la votación: el vicepresidente, Ernesto Adrián Löffler, y los jueces subrogantes Sergio Manuel Dieguez y Daniel Alejandro Sacks votaron por la negativa sustentándose en la inconstitucionalidad del pedido sobre el Art. N° 2 de la Ley N° 1.071 y la existencia de la disposición de presidencia 368/2016. En criollo, lo esperado: es lo mismo que pasó con el caso De Gamas Soler y con las presentaciones de este tipo. Por el otro lado, como quién no quiere la cosa, el juez subrogante Andrés Leonelli esgrimió argumentos para defender el pedido de Bastida.

¿Qué quiere decir todo esto? Aprovechando una situación excepcional, donde los jueces titulares se encuentran de licencia, Leonelli podría haber generado un fallo bastante peligroso contra la integridad de la Obra Social Provincial en pos de los intereses de unos pocos. En estos tiempos que tanto se habla de la “casta”, uno inferiría que tratar de ir contra el concepto de aportes solidarios para tratar de allanar el camino a pedidos como el realizado por De Gamas Soler o Bastida, abre un poco una caja de Pandora. Por suerte para OSEF y sus beneficiarios y beneficiarias que dependen de los servicios pagados con esos aportes, parece que no toda la Justicia se percibe “con coronita”. Quizás, y solo quizás, cierto juez no solo estaba pensando en asistir a un colega retirado con una nueva posibilidad de reclamo, sino también en lo que será su futuro. Se ve que las jubilaciones de privilegio no estarían alcanzando para el día a día y hay que “hacer rendir el mango”.

El concepto de solidaridad no debe escapar a nadie: aportan docentes, personal de salud, de la administración pública y también los jueces. Si bien no soy abogado ni mucho menos, tengo entendido que la ley es igual para todos, pero se ve que algunos que saben más piensan que no como el juez. OSEF, con sus falencias y problemas, trata de asistir a todas y todos los fueguinos que la tienen: sean activos, estudiantes que han migrado y necesitan asistencia médica, o pasivos que residen en otro punto del país. Es un poco indignante que quiénes busquen zafarse de dicha responsabilidad sean aquellos que mejor ganan: no creo que una jubilación de privilegio como es la de un juez vuelva prohibitivo el pago de una prepaga en caso de tenerla o quererla.

El fallo que impulsaron Löffler, Dieguez y Sacks vuelve un poco anecdótico este voto en contra, pero no obstante es algo que debe ser notado. Hay que reconocer cuando las cosas se hacen bien y la Justicia, valga la redundancia, es justa. También hay que señalar cuando hay alguna situación, o en este caso fallo, que no toma en cuenta las normas con el mismo tenor. Lo de Leonelli seguramente será argumentado desde un punto de vista académico e intelectual, pero de cara a la sociedad, compuesta en su mayoría por aportantes que respetan este principio de solidaridad, parecerá una señal de “no somos todos iguales”.

No conozco muchos artículos, pero tenía entendido que el N° 16 decía algo como “La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre ni de nacimiento; no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”. Entonces ¿en qué quedamos?

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