El gobierno de la provincia promulgó la ley 1.277 de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados, estableciendo así un marco regulatorio para su utilización con fines terapéuticos y paliativos.
Si bien la provincia había adherido a la ley nacional 27350, que regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, luego se modificó ese proyecto para que puedan ser incorporadas otras patologías necesarias, ya que en el primero sólo se contemplaba la epilepsia refractaria.
En la nueva ley que se promulgó recientemente se incluyen patologías como epilepsias en sus distintos grados, todo tipo de cáncer, dolores crónicos, fibromialgia, glaucoma, esclerosis múltiple, estrés postraumático, hemiplejias entre otras.
A diferencia de la ley nacional, en la que se indica que el medicamento sólo podrá ser recetado por un médico de un hospital público, la ley provincial contempla las recetas de los profesionales del sector privado. Además, el medicamento estará cubierto por la obra social de la provincia.
En el mes de agosto del año pasado se realizó en la legislatura un seminario muy concurrido acerca del uso medicinal del cannabis, donde se discutieron los alcances de la ley nacional, que, entre otras cosas deja algunos puntos en blanco, ya que, por ejemplo, no garantiza el suministro del aceite.
Ahora, con la ley de la legisladora Myriam Martínez, el estado garantizaría el suministro del medicamento. “En Jujuy se creó una empresa para poder producir industrializar y comercializar el aceite, con un convenio nacional, e interviene el ministerio de salud de la nación. Jujuy va a colaborar para que desde el ministerio de salud se pueda distribuir a las provincias”, había afirmado en noviembre la autora del proyecto de ley.