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25 de abril de 2024

Di Piero: «Apuesto a que se puedan producir cambios en términos de Salud Mental»

Por Silvana Minue-Según las investigaciones policiales, una persona que se encontraba internada en el área de Salud Mental a solicitud de la Justicia que la autora del incendio que afectó al Hospital Regional Ushuaia.

Tras ese hecho, el secretario de Salud Mental y Adicciones de la Provincia, David De Piero, se refirió al funcionamiento del área provincial en este tema.

«El sistema de salud mental se trata de un servicio hospitalario que trabaja bajo la lógica de los hospitales generales y se constituyen en situaciones agudas, de momentos de crisis y patologías severas. Nuestro sistema se constituye, además, con un equipo interdisciplinario conformado de psicólogos, psiquiatras, trabajadores sociales, terapistas ocupacional y enfermeros. No es psicopatología o psiquiatría nada más, sino que se aborda la salud mental desde la concepción psicopatológica más lo social», explicó el funcionario.

En este sentido, se debe mencionar que la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657 reconoce a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona. El proceso de atención debe realizarse preferentemente fuera del ámbito de internación hospitalario y en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud. Se orientará al reforzamiento, restitución o promoción de los lazos sociales.

La internación es considerada como un recurso terapéutico de carácter restrictivo, y sólo puede llevarse a cabo cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizables en su entorno familiar, comunitario o social. Debe promoverse el mantenimiento de vínculos, contactos y comunicación de las personas internadas con sus familiares, allegados y con el entorno laboral y social, salvo en aquellas excepciones que por razones terapéuticas debidamente fundadas establezca el equipo de salud interviniente.

Asimismo debe ser lo más breve posible, en función de criterios terapéuticos interdisciplinarios. Tanto la evolución del paciente como cada una de las intervenciones del equipo interdisciplinario deben registrarse a diario en la historia clínica. En ningún caso la internación puede ser indicada o prolongada para resolver problemáticas sociales o de vivienda, para lo cual el Estado debe proveer los recursos adecuados a través de los organismos públicos competentes.

Acerca de las intervenciones del juzgado en determinados casos, Di Piero explicó que «hay dos vías. Una de la salud mental y otro el del Código Penal. La Ley N.º 26.657 indica que todas las internaciones quedan a cargo del equipo tratante que determina si una persona requiere internación y si hay un caso en que una persona no tiene voluntad de tratarse, pero existe un riesgo, el equipo tratante procede en la internación aun contra la voluntad del paciente. Lo cual lo notifica al juez para que esté al tanto y se expida. Mientras que el artículo 34 del Código Penal, quita la facultad de evaluación de los profesionales de salud mental y quien ordena de manera directa la internación es la justicia si la persona en plena conciencia comete delito. En el caso que no, es un delito dentro de marco de justicia, no de salud, se hace un dictamen y el juez declara la imputabilidad, y es el mismo que declara la internación».

 

Un antes y un después del incendio

En el caso de Ushuaia, y de acuerdo al número de internados al momento del incendio «cuando se hizo la evacuación, entiendo que había cinco pacientes, aunque el número de internación puede ser irregular, va variando, porque algunas son internaciones cortas, entonces la dinámica cambia. Había pacientes que realizaba salidas aprovechando su buen cuadro, otros al momento del incendio fueron evacuados al Cochoco Vargas.

El ígneo ocurrido la semana pasada puede ser un causal para rever algunas pautas del sistema. «Yo apuesto a que se pueden producir cambios en términos de salud mental, no solo en la seguridad, sino también en seguir incluyendo a la salud mental dentro de los dispositivos de salud. Suena como algo ya sabido, pero quienes trabajamos en esa área poder integrar la atención de los pacientes es un desafío importante y mi apuesta es que con este episodio es revisar nuestras prácticas para cambios positivos, pero también apuntamos a no encasillar a cada paciente de salud mental no solo para diferenciar que todos los casos no son iguales sino para que no recaiga la discriminación», explicó.

«Si hacemos historia un paciente de salud mental siempre estuvo recluido o encerrado, alejado, mirado de costado, o vinculado a la delincuencia. Este episodio necesita un análisis nuestro y general, no hay que poner el acento en la peligrosidad. Cuando hay pacientes con peligrosidad relacional a la salud mental, es una repuesta del sistema. Pero la peligrosidad no es una exclusiva de la salud mental y es una apuesta de los trabajadores del ámbito. hay que preservar el derecho a la asistencia y a la integración comunitaria»; remarcó.

Por último, considero que no es necesario apuntar con nombre y apellido al autor del hecho porque son informaciones sensibles, «y están resguardadas por el derecho en el ámbito de salud. Si está en ámbito judicial, no está mal, pero en cumplimiento de la privacidad, no deja de ser un paciente con padecimientos que no lo exime de responsabilidad o de otras cuestiones, pero no puede pasar por encima de la privacidad».

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