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Río Grande
19 de abril de 2024

En qué consiste el protocolo sobre violencia de género de la UNTDF

Por Pablo Riffo.

En el marco del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, el programa de Géneros y Sexualidades de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego presentó el «Protocolo para la actuación en situación de discriminación por género y/o violencia de género».

El documento fue elaborado “sobre la base de las experiencias de otras comunidades universitarias” y que lograron dictaminar un “marco normativo propio para prevenir, sancionar y erradicar las violencias de género y/o discriminaciones múltiples”.

Asegura también que “nos vemos en la obligación de continuar avanzando en políticas que prevengan, atiendan y sancionen las violencias de género en pos de la garantía plena de los derechos” de aquellos miembros de la Comunidad Universitaria receptores de situaciones de violencias, vulneración de derechos, discriminación y acoso; y que puedan recibir el asesoramiento e intervención en dichos casos. Además de la “sensibilización permanente sobre la problemática a través de los medios de difusión”.

Entre los objetivos generales el protocolo plantea garantizar un ambiente “libre de violencias sexistas y discriminación de cualquier tipo” por razones de género y/o identidad u orientación sexual haciendo hincapié en la promoción de conductas de igualdad y equidad, dentro de la Comunidad Universitaria.

Transversalidad de perspectiva de género, protección integral de los derechos humanos, fortalecimiento del trabajo de sensibilización mediante jornadas institucionales, capacitación, investigación e información para la promoción y defensa de los derechos al interior de la comunidad universitaria.

Otros objetivos clave involucran la Educación Sexual Integral, y la generación de un “ambiente de confianza y seguridad para que las personas afectadas puedan exponer su situación y hacerlas cesar de inmediato”.

Por último, promover el abordaje integral e interdisciplinario de la problemática de las violencias sexistas puntualizando en la sensibilización, reparación e incluso la sanción en situaciones que corresponda.

Según detalla además el protocolo, como parte de sus objetivos específicos, se deberá conformar en cada sede (tanto en Ushuaia como en Río Grande) un espacio de Coordinación y Equipo con recurso humano capacitado en cada temática y que dependan de la Universidad.

La articulación de acciones de prevención, sensibilización, capacitación, información e investigación respecto de violencias sexistas dirigidas a las relaciones laborales, educativas y/o de extensión que se realicen dentro de la Universidad.

Se deberá también generar un ámbito para que las personas afectadas puedan realizar las denuncias y ser asesoradas y acompañadas; además de remarcar la “celeridad” las medidas cautelares correspondientes.

Una vez que se consiguió hacer cesar y se haya evitado la repetición de la misma se deberá la aplicación de las sanciones correspondientes. Se registran y analizan actualizando los diagnósticos para tomar medidas de prevención más efectivas

 Qué violencias

Según el protocolo, la violencia de género es “toda conducta, acción, omisión, comentario que de alguna manera, directa o indirecta, basada en una relación desigual de poder discrimine, excluya, subordine, subvalore o estereotipe a las personas por su razón de género, identidad de género u orientación sexual”, provocando “daños, sufrimiento, miedo, amenaza y cualquier otro acto que afecte la vida, la libertad, la dignidad, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, o la seguridad personal”.

Lo que comprende son actos de violencia física, psíquica y sexual (según el Código Penal), hechos de connotación de discriminación sexual; acciones, comentarios o conductas reiteradas que comprendan formas de acoso sexual: y las acciones o conductas que constituyan maltrato o agresión física intencional. Acciones y conducta sexista, es decir, que discriminen a las personas en razón de su identidad, expresión de género u orientación sexual.

Todo esto dentro de las instalaciones físicas de la UNTDF y sus anexos, como también los que se realicen fuera de los mismos mediante medios telefónicos, virtuales o de otro tipo “que estén contextualizados en las relaciones laborales o educativas”.

Las acciones de intervención institucional implicadas en el protocolo incluyen acciones de intervención preventiva, protectorias y de sanción. La primera respuesta institucional es el resguardo de la mujer presuntamente víctima de violencia de género, dictando medidas de protección, con el fin de “hacer cesar la violencia” o evitar que esta se repita, siempre con el aval de la presunta víctima.

Las denuncias pueden ser realizadas tanto por el interesado como por un tercero con conocimiento de los hechos. Puede realizarse por escrito, por teléfono o por correo electrónico. Se realizará un formulario tipo donde se establezcan detalles de la situación, lugar, tipo de relación, fechas, testigos, personas responsables, y personas de referencia. Y en caso de ser necesario deberá ser ratificada ante el programa a través del Equipo Técnico.

Vale aclarar que, según especifica el protocolo, el tratamiento de la denuncia es estrictamente confidencial. Incluso con el compromiso del denunciante de no divulgar información.

 Medidas protectorias y diciplina

Una vez realizada la denuncia, existen una serie de medidas protectorias que van desde ordenar a la persona que realiza la agresión a que se detenga hasta trasladar al mismo a otra área de desempeño de sus funciones u otra unidad de cursada en el caso de los estudiantes. Sin que ninguna de las medidas perjudique al denunciante de alguna manera.

También está previsto el avance de una denuncia judicial, para lo cual si la persona afectada decide avanzar por esta vía, no impide que la Universidad tome las medidas protectorias y ponga a disposición de los tribunales todos los datos referidos a la denuncia.

Dentro del mismo protocolo existe un mapa procedimental que especifica los pasos a seguir. Una vez que se realiza la denuncia y la misma es recibida por el Equipo Técnico del Protocolo, se debe realizar un acta y evaluación del riesgo de la víctima. El acta debe contar con la ratificación de la víctima. En caso de que constituya un delito corresponde la denuncia penal. El informe de riesgo debe ser notificado tanto al afectado como al denunciado; además de ser presentado ante las autoridades competentes con la solicitud de las medidas protectoras.

Si las medidas protectoras cautelares no tienen aplicación en los 5 días hábiles siguientes se deberá informar al Consejo Superior. Si las medidas protectoras se extienden por más de 30 días, es en este punto en el que se le da oportunidad de defensa al acusado mientras que, por otro lado, se aplica el proceso disciplinario y se elabora el informe del Equipo Técnico.

 

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