Así lo dictaminó el juez federal Federico Calvete, dando lugar al recurso de apelación que el candidato a senador (Stefani) y a diputado (Rossi) interpusieron ante la justicia, luego de que la justicia electoral no admitiera a dos de las tres listas presentadas por “Juntos X el Cambio” para los comicios de octubre por “no reunir los requisitos básicos”.
“Es doctrina de la corte suprema de justicia desconocer la validez de aquellas decisiones que, mediante el uso irregular de las formas, arribaron a soluciones objetivamente injustas”, dice el fallo emitido este mediodía.
Y agrega que “con sustento en argumentos de neto corte formal y sin atender a la documentación acompañada y a las manifestaciones vertidas por los representantes de la lista interna, la junta electoral desconoció a los recurrentes el derecho a participar en el proceso eleccionario, no obstante hallarse acreditado ante ella, el cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigidos a tal fin, desnaturalizando así las exigencias leales previstas, en desmedro de los derechos constitucionales que los recurrentes dijeron, fueron afectados”.
Por lo tanto, se resuelve que “la junta electoral obvió el reconocimiento que el derecho electoral procura, garantizando la efectiva vigencia del ´principio democrático de la representación popular”.
El abogado de las partes reclamantes, Jorge Giménez, afirmó este mediodía por JCA Noticias que “la justicia remarca el objeto de que todas las listas participen y que por cuestiones formales no se puede desnaturalizar el acto eleccionario. Así que Tito Stefani y Paulino Rossi están en carrera”.