Un fallo judicial basado en estándares de derechos humanos y tratados internacionales, rechazó la solicitud de prescripción presentada por Ramón Abregú, condenado en 2000 por el homicidio de Eva Falcón y su hijo por nacer, quien permaneció prófugo más de 20 años.
En una resolución que sienta un precedente significativo, el Tribunal de Juicio integrado por los jueces Juan José Varela, Eduardo López y Verónica Marchisio desestimó el pedido de prescripción de la condena de Ramón Ángel Abregú, de 72 años, por el homicidio de su pareja, Eva Azucena Falcón, ocurrido el 23 de enero del año 2000.
El fallo determinó que el condenado deberá cumplir íntegramente la pena de 20 años de prisión impuesta originalmente, de la cual solo ha cumplido poco más de tres años, tras permanecer evadido de la justicia durante más de dos décadas.
Abregú fue hallado culpable del delito de «homicidio simple en concurso real con aborto y tenencia de arma de guerra», por haber asesinado a balazos a Falcón, quien se encontraba embarazada.
Tras ser condenado, el imputado se fugó en febrero de 2001 del lugar donde cumplía su detención en la Margen Sur de Río Grande.
Su paradero se mantuvo desconocido hasta el 17 de octubre de 2023, fecha en que se presentó voluntariamente ante el Tribunal para solicitar la extinción de la acción penal por prescripción, argumentando el transcurso del tiempo.
La situación procesal experimentó diversos giros. Inicialmente, se consideró que la causa por evasión que se le inició mantenía suspendidos los plazos de prescripción del homicidio.
Sin embargo, el pasado 2 de diciembre, el juez de Instrucción 2, Raúl Sahade, lo absolvió de ese delito de fuga, al entender que su escape no causó daños y fue facilitado por las deficientes condiciones de seguridad de su lugar de detención. Ante esa decisión, su defensor oficial, Alejandro Nacaratto, renovó formalmente el pedido de prescripción de la condena principal.
Frente a esta solicitud, el Tribunal de Juicio emitió un fallo fundado en una perspectiva de derechos humanos. Los magistrados sostuvieron que, al analizar el caso, es imperativo considerar los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino en materia de violencia contra la mujer y garantía de acceso a la justicia para las víctimas.
Bajo este marco jurídico, resolvió rechazar la pretensión de Abregú, considerando que la impunidad derivada de su fuga no puede operar en perjuicio del derecho a la justicia de la víctima. En consecuencia, ordenó su inmediata reclusión para que complete la totalidad de la pena impuesta hace casi un cuarto de siglo.


