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Río Grande
15 de julio de 2025

La Corte Suprema declaró inconstitucional el índice que utiliza la ANSeS para actualizar los haberes jubilatorios

El máximo tribunal hizo lugar a una demanda presentada por Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en 2003 y reclamaba la implementación del sistema que existía antes de que se sancionara la denominada Reparación Histórica.

Anteriormente, para calcular esos aumentos se aplicaba el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), pero la ANSeS comenzó a utilizar desde hace un tiempo el indicador llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

La causa que llegó hasta la Corte Suprema se inició a partir del reclamo de Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en el 2003 y comenzó una disputa legal con el Estado por la actualización de sus haberes. El demandante ganó aquel juicio en su momento, pero ahora se discute qué índice debe aplicar el Gobierno para hacer efectivo el pago de los incrementos.

La Sala II de la Cámara de la Seguridad Social falló a favor de Blanco y ordenó que se utilice el sistema ISBIC, pero la ANSeS apeló esa decisión y advirtió que está en riesgo la sustentabilidad del organismo previsional.

Los camaristas, en tanto, consideraron que usar el RIPTE para este tipo de casos «vulnera la garantía constitucional del derecho adquirido» del jubilado, ya que ese índice comenzó a funcionar mucho después de que se iniciara la denuncia y no se podría implementar de manera retroactiva.

Según sostiene el abogado de Blanco, Gabriel Greizerstein, su defendido se vería mucho más favorecido si se aplica el primero de esos métodos para calcular el incremento de sus haberes, ya que cobraría el 59 por ciento de su salario como trabajador activo, mientras que con el otro mecanismo pasaría a recibir el 46 por ciento.

Si bien la Corte emitirá un fallo que afectará solamente a este caso en particular, el texto sentará un precedente del que se podrán acoger otros 150 mil jubilados que están en una situación similar.

 

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