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Río Grande
14 de septiembre de 2025

Explican cambio en la afiliación de cónyuges en OSEF

El coordinador jurídico de la Obra Social del Estado Fueguino detalló el proceso de bajas por doble cobertura médica y el debate en torno a la reglamentación de la nueva ley, que habilita un canon diferenciado para quienes deseen permanecer.

Jorge Giménez, coordinador jurídico de la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF), se refirió a los cambios en la afiliación de cónyuges a partir de la reforma de la Ley 1596. Explicó, en FM Master’s, que la normativa introdujo una modificación sustancial.

“Lo que pasó fue que con la sanción de la Ley de la Reforma de la 1971 a la 1596, tiene un artículo que dice que los cónyuges que tienen cobertura médica, la obra social, y ahí viene la palabra complicada de estos días, podrá darle de baja o darle de alta y está en el título de afiliados voluntarios”, indicó Giménez.

Respecto a la aplicación de este artículo, el coordinador jurídico señaló que existe un debate en curso durante el proceso de reglamentación. “Nosotros estamos en el proceso de reglamentar esta ley y hay mucha discusión sobre la palabra ‘podrá’. Desde la obra social nosotros tenemos muchos análisis técnicos de política sanitaria”, afirmó. Este análisis, según Giménez, lleva a diferentes interpretaciones: “La ley dice ‘podrá afiliar o no’. A lo cual, desde la visión de política sanitaria, hay una corriente dentro de la obra social que dice, ‘mira, si dice el podrá, puedo no aceptarlo’”.

Como resultado de esta revisión, OSEF procedió con acciones concretas. “Hicimos una primera comunicación dando de baja a todas aquellas personas que en el proceso de investigación nosotros determinamos que tienen doble cobertura”, confirmó. Aclaró que el proceso es meticuloso: “Sé que ya a esta altura tenemos cerca de 100 nuevas altas. Y tampoco se dan todas las bajas, porque el proceso de revisión es complejo, una revisión bastante amplia para determinar si tiene otra cobertura”. Enfatizó que “si tiene otra cobertura, la persona no se queda sin cobertura, tiene que ir a golpear la puerta de su obra social”.

Para aquellos cónyuges que, teniendo doble cobertura, deseen permanecer en OSEF, Giménez explicó que la ley prevé una opción, aunque su aceptación final aún se discute. “En la hipótesis que el cónyuge que quiera dar de alta a su pareja, tendría que acercarse a la obra social y pagar un canon más”, detalló. Este canon corresponde a “el 1% de aquellos saberes que no superan 8 salarios mínimos vitales y móvil, o el 2% de los que superan”.

Sin embargo, recalcó que la facultad de OSEF para aceptar esa afiliación voluntaria está bajo análisis: “Está en discusión porque la ley todavía no se reglamentó, ya estamos trabajando nosotros de la obra social con los órganos técnicos y con la gente Legal y Técnica que es el que tiene que terminar emitiendo finalmente el decreto. Así que estamos discutiendo sobre qué visión de política sanitaria queremos”.

Giménez contrastó la ley finalmente sancionada con la propuesta técnica que originalmente elevaron desde OSEF, la cual contemplaba una expansión de la cobertura. “Desde la visión técnica-científica nosotros teníamos otro proyecto distinto. Inclusive hasta llegamos a la hipótesis de pensar o de proponer una especie de abrir un poco la obra social para aquellos hijos que ya tienen 25, 26 años que ya no podrían tener cobertura de la obra social”.

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