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11 de junio de 2025

Especialista analizó el fallo de la corte contra Cristina Fernandéz

Enrique del Carril, abogado constitucionalista detalló los alcances de la sentencia, explicó los argumentos del máximo tribunal y descartó que existan recursos locales para revertir la condena. «La inhabilitación es inmediata», afirmó.

Enrique del Carril, abogado y profesor constitucionalista, brindó un análisis exhaustivo sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia que confirmó la condena a seis años de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner. En diálogo con FM Master’s, el especialista despejó dudas sobre el proceso judicial, los fundamentos del máximo tribunal y las implicancias políticas y legales de la decisión.

Del Carril explicó que en su fallo la Corte dice que las apelaciones no contestaron adecuadamente las imputaciones de la condena de Casación», explicó Del Carril. “El fallo recorre cada uno de los argumentos de la apelación, que estaba basada en decir que no había imparcialidad de los jueces, que se habían agregado hechos nuevos como el ‘plan Limpiar Todo’, o el uso de conversaciones de José López de otra causa».

El constitucionalista destacó que el recurso ante la Corte Suprema es una «puerta chiquita» que exige demostrar afectaciones concretas a derechos fundamentales, algo que, en este caso, no prosperó.

Respecto a los plazos inusuales del fallo, señaló: «La Corte no tiene plazos establecidos. Maneja tiempos que, en algún punto, también responden a la realidad social y política. Es un poder del Estado y funciona en clave de eso». Consultado acerca de si podría mediar una revisión más aclaró que la sentencia es definitiva en el ámbito local: «No queda ninguna instancia más en el país. Solo podría recurrirse a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pero su fallo no modificaría la condena, sólo podría generar una indemnización al Estado».

Sobre la ejecución de la pena, Del Carril precisó que corresponde al Tribunal Oral Federal 2 definir sí Fernández de Kirchner debe cumplir prisión domiciliaria -beneficio que aplica para mayores de 70 años- o si debe ingresar a una cárcel común. «Algunos tribunales exigen probar que la salud empeoraría en un penal, un criterio usado con condenados por lesa humanidad», recordó.

Respecto a la inhabilitación, afirmó que es inmediata: «La Cámara Nacional Electoral debe ser notificada para que no le permitan postularse».

Consultado sobre los antecedentes de inhabilitaciones perpetuas, mencionó que existen casos similares en figuras menores, aunque reconoció el peso político del fallo: «Ella lo vincula con las proscripciones históricas al peronismo, pero jurídicamente hay precedentes». También destacó que la Corte validó el uso de pruebas cruzadas entre causas, como las conversaciones de José López, lo que podría sentar un precedente para otros casos de corrupción.

Finalmente, del Carril abordó la polémica por la tobillera electrónica: «Su función es evitar que se viole la prisión domiciliaria. Si hay otros métodos, como la custodia permanente, podría evaluarse su no aplicación». Sin embargo, aclaró que la ejecución de la pena debe resolverse con celeridad: «El Tribunal tiene una orden concreta de la Corte y debe cumplirla lo antes posible».

Concluyó subrayando la importancia de entender los fallos judiciales más allá de la polarización: «La Corte resolvió en base a argumentos jurídicos, no políticos. Ahora queda esperar cómo se ejecuta y qué mensaje envía a futuro»

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