El Parlamento fueguino abordó distintas normativas, que luego de su paso por las distintas Comisiones, llegaron al Recinto y fueron sancionadas. Entre ellas se destacan adhesiones a leyes nacionales que fortalecen distintas áreas que hacen a la vida de los fueguinos. Salud, obras públicas, financiamiento, programas de fortalecimiento y educación fueron solo algunos de los temas tratados en la Cámara.
Modificación al destino de los fondos de deuda pública
El 1 de marzo, mediante la Ley Nº 1.149, la Cámara sancionó el asunto 049/17 sobre proyecto que modifica la Ley provincial N° 1.142 – Emisión de títulos de deuda autorizados por la Ley provincial N° 1061, y los recursos obtenidos a través del fondo de garantía de sustentabilidad Ley nacional N° 27.260. La norma propuesta había sido girada por el Ejecutivo provincial en febrero pasado. Primero en Comisión, los Parlamentarios revisaron la redacción y técnica legislativa. Luego, en sesión, se dio tratamiento al proyecto.
Entre las obras previstas para el destino de los fondos obtenidos por la emisión de los títulos de deuda se destacan: el desarrollo troncal provincial de la red federal de fibra óptica; el programa de desarrollo costero Canal Beagle; las nuevas plantas de tratamiento de efluentes cloacales Bahía Golondrina y Arroyo Grande; nuevo muelle comercial destinado a las operaciones de buques de carga y pesca y desarrollo de una nueva plazoleta fiscal de contenedores; nuevo complejo deportivo Margen Sur, entre otras.
Autorizaron la adhesión parcial de la Provincia a la ley de Responsabilidad Fiscal
La Provincia adhirió, mediante Ley Nº 1.158, a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley nacional N° 27.198, por la que se prorrogan para el Ejercicio 2016 las disposiciones contenidas en los artículos 1° y 2° de la Ley nacional N° 26.530. Las normas, refieren a la exclusión de los artículos 10 y 19 de la Ley Nacional N° 25.917, de aquellas erogaciones que se hayan destinado a promover la actividad económica, a sostener el nivel de empleo y dar cobertura a la emergencia sanitaria, y a la asistencia social.
También, deja sin efecto durante el ejercicio por el cual se pretenda adherir, las limitaciones contenidas en el artículo 12 y en el primer párrafo del artículo 21 de la Ley nacional N° 25.917, respecto al endeudamiento de todas las jurisdicciones participantes del Régimen de Responsabilidad Fiscal.
En el articulado, se dispone que la Provincia adhiera a lo dispuesto en el capítulo IX de la Ley nacional N° 27.341, por el que se fijan pautas del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal para el ejercicio 2017. Por último, se invita a los municipios a sumarse a este régimen.
Ratificaron el acuerdo sobre Fortalecimiento del Federalismo
Mediante el asunto 141/17 y con dictamen de la Comisión Legislación General (1) en mayoría, el Parlamento sancionó la Ley Nº 1.159, carta intención suscripta en 2016 por la gobernadora Dra. Rosana Bertone, las distintas provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno nacional. En el documento, la Nación se compromete a devolver de manera escalonada y progresiva, el 15% de la coparticipación que se les retiene de manera indebida a las provincias.
Por su parte, las provincias se comprometen a adoptar las medidas que sean necesarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, a los fines de impulsar la convergencia al equilibrio fiscal en cada jurisdicción en el año 2019 y mejorar de manera progresiva la calidad de los servicios prestados por el Estado.
Adhirieron al régimen de contratos de participación público–privada
Mediante la Ley Nº 1.161, la Provincia adhirió a la Ley nacional Nº 27.328, que establece que los contratos y subcontratos que se instrumenten bajo su régimen, y que sean ejecutados total o parcialmente dentro de la jurisdicción, se encuentran exentos -en la debida proporción que representen- del pago del Impuesto de Sellos.
Cabe destacar que por esa norma, se regula lo atinente a los contratos de participación público-privada celebrados entre los órganos y entes que integran el sector público (en carácter de contratante), y sujetos privados o públicos en los términos que se establece en la misma (en carácter de contratistas), con el objeto de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica.
Adhesión a la Ley de fomento a los emprendedores
El Parlamento adhirió a la Ley nacional Nº 27.349, sancionada en marzo pasado. La Ley provincial Nº 1.172 tiene por finalidad apoyar la actividad emprendedora, de modo de fomentar el desarrollo local y la expansión internacional de las distintas actividades productivas.
La norma, crea el Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE), el que busca el financiamiento de emprendimientos e instituciones de capital emprendedor. Será a través de diferentes instrumentos como: otorgamiento de préstamos, aportes no reembolsables y aportes de capital en emprendimientos e instituciones de capital emprendedor.
En su articulado, la Ley provincial declara exentos del pago de todo impuesto, tasas y/o contribuciones provinciales, existentes y a crearse en el futuro, a las operaciones directamente relacionadas al Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE).