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Río Grande
16 de abril de 2024

El presidente de la Nación anunció la extensión de la cuarentena hasta el 10 de mayo y nuevas medidas

El presidente Alberto Fernández anunció, desde la Residencia de Olivos, la extensión de la cuarentena “focalizada” hasta el próximo 10 de mayo inclusive; mientras se analiza “exceptuar nuevas actividades regionales”.

A partir de los avances que se han registrado con los controles sanitarios y el aislamiento social, preventivo y obligatorio, el presidente confirmó que a partir del lunes se podrán realizar salidas breves de hasta una hora y en un radio de 500 metros.

Esta es la cuarta extensión de la cuarentena. Luego de una primera de 11 días que finalizó el 31 de marzo; fecha en la que también se decidió reprogramar la medida hasta el 12 de abril. Posteriormente, el 10 del mismo mes se resolvió llevarla hasta el 26 de abril y ahora se produce una nueva reglamentación por 14 días, aunque habrá modificaciones.

«Siento que como sociedad tenemos que estar orgullosos y contentos de nosotros mismos. Lo primero que quiero es darle las gracias por haber entendido y habernos acompañado. Aún cuando hemos dados pasos grandes, estamos lejos en decir que esto está terminado», expresó Alberto Fernández.

Una de las acciones más esperadas por algunas provincias, tiene relación con las flexibilizaciones de protocolos estrictos, con permisos laborales en casi todas las áreas, aunque en otros sectores, como la Ciudad de Buenos Aires, la Provincia de Buenos Aires y los grandes centros urbanos, todo continuará de la misma manera.

«CABA, Provincia de Buenos Aires, Chaco, Santa Fe, Córdoba, Rio Negro y Tierra del Fuego son las provincias que más nos preocupan, hay que prestarles mucha atención», expresó el mandatario y aseguró que en esos casos no habrá modificaciones sobre la continuación de la cuarentena.

Fernández agregó: «Siguen existiendo restricciones nacionales, pero vamos a permitir que la mitad de la población ya se movilice. En todas las grandes ciudades esto sigue todo igual. Los aglomerados urbanos de más de 500.000 personas siguen como está hoy, en el sentido que seguimos resguardando la salud como está hoy».

Anunció que en todos los aglomerados urbanos de más de 500 mil habitantes continuarán con el aislamiento como hasta ahora, mientras que en los que vivan menos de 500 mil habitantes podrían quedar exceptuados en caso de que cumplan con 5 requisitos:

El tiempo de duplicación de casos confirmados debe ser inferior a 15 días;

El sistema de salud debe tener capacidad adecuada para dar respuesta;

Las autoridades sanitarias deben dar una evaluación positiva respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional;

El porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido;

La zona geográfica no podrá estar definida como “con transmisión local o por conglomerado” por la autoridad sanitaria nacional.

“Si alguno de estos indicadores no se cumple, el departamento o partido no podrá avanzar con las excepciones”, afirmó el primer mandatario.

Por otro lado, el presidente detalló que todas las personas podrán realizar salidas breves, cómo máximo 1 hora, a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.

Tras haber recibido los informes del Comité de Expertos y analizar la situación con los gobernadores; fuentes del Poder Ejecutivo ratificaron que “va a ser muy duro” con el control del cumplimiento del aislamiento social, debido que “no va a poner en riesgo lo que se consiguió hasta ahora, que es uno de los poquitos éxitos que hay en el mundo”.

EN RESUMEN

El aislamiento social, preventivo y obligatorio se prorroga hasta el día 10 de mayo de 2020.

Los grandes aglomerados urbanos son los lugares de mayor riesgo de transmisión del virus. Por ese motivo, todos los aglomerados urbanos de más de quinientos mil habitantes en el país seguirán cumpliendo las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio como lo hicieron durante los últimos quince días.

La Administración Pública Nacional seguirá funcionando con las dotaciones mínimas establecidas.

Siguen suspendidas en todo el país las siguientes actividades:

Dictado de clases presenciales en todos los niveles y modalidades.

Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y otros

Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado

Actividades turísticas, apertura de parques, plazas y similares

Las fronteras seguirán cerradas para el ingreso de extranjeros. El ingreso de los residentes continuará en los términos que sean compatibles con el control sanitario.

El transporte de pasajeros aéreo de cabotaje e internacional, terrestre interurbano, entre jurisdicciones e internacional continúan sin autorización para funcionar.

Las gobernadoras y los gobernadores podrán decidir excepciones al cumplimiento de las medidas de aislamiento. Estas excepciones serán autorizadas únicamente cuando se cumplan las siguientes cinco condiciones sanitarias:

1) Tiempo de duplicación de casos confirmados inferior a quince días,

2) Sistema de salud con capacidad adecuada para dar respuesta,

3) Evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional,

4) El porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido,

5) La zona geográfica no podrá estar definida como “con transmisión local o por conglomerado” por la autoridad sanitaria nacional.

Si alguno de estos indicadores no se cumple, el departamento o partido no podrá avanzar con las excepciones.

El Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer el cese de las excepciones que incumplan con los criterios epidemiológicos / sanitarios.

Las y los trabajadores mayores de sesenta años, embarazadas o personas incluidas en los grupos en riesgo (definidos por el Ministerio de Salud) están dispensados de concurrir a sus puestos de trabajo.

Todas las personas podrán realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.

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