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Río Grande
11 de agosto de 2025

Canal Beagle no, lagos lagunas y ríos solo como recurso hídrico

Se conoció el Dictamen sobre desarrollo acuícola y los puntos que más destacan son la prohibición de toda actividad en el Beagle y la posibilidad únicamente de utilizar el recurso hídrico de otros sectores garantizando sostenibilidad. Sobre la crianza el RAS circuito cerrado u otro sistema estandarizado son las únicas propuestas viables.

El Canal Beagle “no se toca”

Uno de los puntos centrales es la prohibición expresa del cultivo y producción de salmónidos en aguas del Canal Beagle, con el objetivo de preservar la biodiversidad marina y los usos actuales de este ecosistema costero único. En lagos, ríos y arroyos se permitirá el uso controlado del recurso, priorizando la protección de reproductores y el repoblamiento de especies.

La iniciativa crea el Centro de Desarrollo Pesquero y Acuícola de Tierra del Fuego, que funcionaría bajo la órbita de la Secretaría de Pesca y Acuicultura. Este organismo tendría como misión promover la investigación aplicada, poner en valor los recursos genéticos provinciales y fomentar la transferencia tecnológica para implementar prácticas productivas sostenibles.

Asimismo, se establece la obligatoriedad de presentar una Evaluación Ambiental Estratégica para identificar zonas aptas para la actividad, anticipar impactos y ordenar el uso del agua y ambientes asociados. También será requisito la presentación de una Guía de Aviso de Proyecto y un Estudio de Impacto Ambiental antes de iniciar cualquier emprendimiento acuícola

El texto prevé que un porcentaje de la producción total se reserve para el consumo local y habilita al Ejecutivo a generar programas de estímulo para productores fueguinos. Las partidas presupuestarias necesarias para investigación, fiscalización y extensión serán asignadas por la autoridad de aplicación.

Con esta reforma, la provincia busca consolidar un modelo de acuicultura compatible con la conservación de los ecosistemas, garantizando que el desarrollo productivo no comprometa el patrimonio natural fueguino. El Ejecutivo contaría con un plazo máximo de 90 días para promulgar la ley una vez aprobada.

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