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Río Grande
24 de abril de 2024

Un ex administrativo quedó inhabilitado de forma perpetua para ejercer cargos públicos

En el año 2014, Marcelo Javier Magrans prestaba funciones como Jefe de Departamento de Administración de la Unidad Ejecutora Provincial de Programas Nacionales e Internacionales, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente.

Su función era realizar las registraciones administrativo-contables en el área, supervisar el movimiento bancario, emisión de cheques y balances de conciliación de fondos y cuentas bancarias.

El 27 de febrero de 2014, el hombre depositó un cheque por $25.000 perteneciente a la cuenta asignada a “Proyecto Manejo y Conservación de Bosque Nativo” en otra cuenta cuya titular era su esposa.

Fabián Boyeras, quien entonces era Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente del gobierno de Fabiana Ríos, realizó la denuncia ante la Fiscalía de Ushuaia, y expuso que dos agentes públicos en carácter de firmantes y responsables de la cuenta, informaron que al momento de realizar el ejercicio de conciliación de aquella detectaron la emisión del cheque sin estar registrado en el sistema SIGA.

Tras realizar un sumario administrativo se constató que la titular de la cuenta de mención era una ex agente de la Administración Pública del Poder Ejecutivo Provincial, esposa de Magrans.

Mediante el proceso de Omisión de Debate, el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, lo condenó por el delito de estafa agravada por haber sido cometido en perjuicio de la administración pública, por un hecho ocurrido en febrero de 2014, en perjuicio del Estado Provincial, en Ushuaia.

El imputado fue condenado a 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación especial perpetua para desempeñar cargos o empleos públicos.

El Tribunal de Juicio, consideró como atenuantes que, el imputado, no cuenta con antecedentes penales computables, y la devolución, aunque tardía del dinero producto del ilícito, sin valorar agravantes.

Los jueces además le fijaron diversas pautas de conducta por el lapso de 2 años.

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