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15 de abril de 2024

Día Mundial de la Donación de Órganos, Tejidos y Trasplantes

El 14 de octubre de cada año se conmemora el Día Mundial de la Donación de Órganos, Tejidos y Trasplantes. Esta fecha fue instaurada por la Organización Mundial de la Salud -OMS-, con el propósito de incentivar a todas las personas del mundo el querer ser donantes y poder salvar la vida de otras personas que no poseen una buena salud física.

Actualmente, persisten muchas creencias que impiden a los individuos del mundo pensar en ser donantes. La creencia más popular nace de una leyenda urbana, la cual expresa sobre un hombre que despierta metido en una bañera con hielo y una nota que le dice que uno de sus riñones fue extirpado. Esta historia caló tanto en las personas que hasta se hizo una película sobre el tema.

Sin embargo, ser donante de órganos no es correr un riesgo, sino convertirse en una salvación para otros. Es muy raro los casos en que se le extirpa un órgano o tejido a una persona viva y cuando ocurre casi siempre se trata de individuos pertenecientes a un mismo núcleo familiar.

Tipos de donaciones de órganos que existen

Legalmente existen dos tipos de donaciones de órganos, una es la donación tácita que es una de las más comunes y trata sobre la falta de negación o de un documento que exprese clara y objetivamente que esa persona se niega a que, después de la muerte, sus órganos y tejidos se utilicen para salvar la vida de otras personas. Claro está que siempre la familia puede negarse.

Por otro lado, la segunda es la donación expresa donde existe un documento en que una persona afirma que desea donar su cuerpo para ayudar a la ciencia médica y salvar la vida de otras personas, luego de su muerte.

Lo más importante al momento de elegir un donador es saber las razones que causaron la muerte de esa persona. Individuos con cáncer u otras enfermedades degenerativas, no son aptos para donar sus órganos y los médicos están en la obligación de rechazarlos, a menos que esos órganos y tejidos sean para el estudio de la enfermedad.

¿Cómo celebrar el Día Mundial de la Donación de Órganos, Tejidos y Trasplantes?

La mejor manera de celebrar este día es desmentir los mitos y fantasmas que hay entorno a la donación de órganos y tejidos. Por ello, la comunidad a nivel mundial utiliza el hashtag: #DíaMundialdelaDonacióndeÓrganosTejidosyTrasplantes para compartir sus historias, experiencias. Entre ello, se escucha la frase «un día puedes donar, pero también puedes recibir».

Ley Justina: Una norma que eliminó la necesidad de que los familiares den su consentimiento

La Cámara de Diputados sancionó por unanimidad el proyecto de “ley Justina”, la cual marca un antes y un después en la donación de órganos en la Argentina. A partir de esta ley, todas las personas son donantes de órganos, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria.

La ley fue sancionada por 202 votos a favor, sin abstenciones. Fue el final de una sesión emotiva que terminó con todos los diputados aplaudiendo de pie.

El proyecto del senador Juan Carlos Marino, había sido aprobado en el Senado por unanimidad el 30 de mayo. En Diputados no necesitó discusión. Con pleno consenso se votó la ley que adoptó el nombre de Justina Lo Cane, la nena de 12 años que falleció el año pasado, el 22 de noviembre, por no recibir un trasplante de corazón a tiempo. Como pasó en el Senado, los padres de Justina: Ezequiel y Paola, sus hermanos y abuelos siguieron todas las alternativas presentes en el recinto con profunda emoción.

La nueva ley regula las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en la Argentina. Prevé que los establecimientos de salud habilitados para hacer trasplantes cuenten con servicios destinados a la donación, que permitirán detectar, evaluar y tratar al donante.

Hay unas 10.500 personas en la Argentina que esperan por un trasplante, lo cual se destacó durante el debate y que sólo donan 13 personas por cada millón de habitantes.

10 transformaciones clave a partir de la nueva Ley

  1. Se incorpora la declaración de principios, en la que se destacan los principios en los que se enmarca la ley: dignidad, autonomía, solidaridad y justicia distributiva en la asignación de órganos, equidad.
  2. Se explicitan los derechos de donantes y receptores: a la intimidad, privacidad y confidencialidad; a la integridad; a la información y al trato equitativo e igualitario. Se establece la prioridad de traslado aéreo y terrestre de los pacientes con operativos en curso.
  3. Se crea el Servicio de Procuración en los hospitales públicos y privados, que deberán contar con servicios destinados a la donación de órganos y tejidos, que permitan garantizar la correcta detección, evaluación y tratamiento del donante. Este servicio deberá contar al menos con un profesional que deberá detectar potenciales donantes, proveer a las familias la información completa y precisa sobre la donación de órganos, garantizar el desarrollo del proceso de donación y generar acciones de difusión y capacitación dentro de la institución. También se establece un régimen de capacitación permanente para el recurso humano afectado al proceso de donación y trasplante.
  4. Se incorpora la Donación Renal Cruzada.
  5. Se mantiene la manifestación de voluntad expresa negativa o afirmativa a la donación de órganos para los mayores de 18 años.
  6. Donantes presuntos. Se mantiene la posibilidad de realizar la ablación de órganos y/o tejidos sobre toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos. En caso de no encontrarse registrada la voluntad del causante, el profesional a cargo del proceso de donación debe verificar la misma conforme lo determine la reglamentación.
  7. Menores: se posibilita la obtención de autorización para la ablación por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente.
  8. Se simplifican y optimizan los procesos que requieren intervención judicial.
  9. Certificación del fallecimiento: se simplifican y optimizan los procesos de diagnóstico de muerte. Se seguirá el protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación con el asesoramiento del INCUCAI. Se dispone como hora del fallecimiento del paciente aquella en que se completó el diagnostico de muerte.
  10. Se suma un capítulo dedicado a los medios de comunicación, para el abordaje responsable de los temas vinculados a donación y trasplante de órganos.

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